Los beneficiarios podrán ahora aparcar en toda España y no sólo en el municipio en el que residan
La nueva norma explica las condiciones básicas para la emisión y uso de las tarjetas, reconoce su validez en todo el territorio nacional y detalla los lugares donde se puede aparcar. La seguirán expidiendo los ayuntamientos o las comunidades tras cumplir los requisitos necesarios.
Lo más novedoso es la expedición de tarjetas temporales por razones humanitarias, esto es, para personas enfermas o enfermos terminales que necesiten acudir a centros sanitarios para recibir tratamientos.
La aprobación de estas nuevas tarjetas de aparcamiento es una reclamación antigua del CERMI, que lleva años solicitando a los diferentes gobiernos que adaptaran las tarjetas existentes para personas con movilidad reducida al modelo europeo, que permite no sólo aparcar en plazas reservadas para este colectivo en su país, sino en toda la UE. Asimismo, el decreto también evitará la disparidad de criterios que siguen los distintos consistorios a la hora de emitir los permisos de aparcamiento para personas con movilidad reducida.
Consejo de Ministros
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se regulan las condiciones básicas de emisión y uso de la tarjeta de estacionamiento para personas con discapacidad. Como principal novedad, este Real Decreto garantiza la igualdad en todo el territorio para las personas con discapacidad y movilidad reducida, que podrán estacionar su vehículo en las plazas reservadas en toda España.
Se trata de una demanda histórica del sector, en particular del CERMI, ya que se habían detectado disfunciones en la utilización de las tarjetas de estacionamiento para personas con discapacidad, hasta el punto de que algunas no eran reconocidas en Comunidades Autónomas o municipios distintos al de emisión, por lo que sus titulares no podían hacer uso de ellas cuando se desplazaban fuera de su ciudad.
Con el nuevo Real Decreto, las tarjetas de estacionamiento concedidas por las Administraciones Públicas competentes tendrán validez en todo el territorio español. El objetivo es promover el derecho a la vida independiente.
Transportes colectivos
Otra novedad de la norma es que podrán obtener la tarjeta de estacionamiento las personas o entidades titulares de vehículos destinados exclusivamente al transporte colectivo de personas con discapacidad, siempre que presten servicios sociales.
Tarjeta por razones humanitarias
Asimismo, el Real Decreto prevé, por primera vez, un supuesto de concesión excepcional de la tarjeta de estacionamiento por razones humanitarias. El motivo es que, con frecuencia, la gravedad y evolución de una enfermedad que provoca la reducción de la movilidad no permite tramitar en tiempo la solicitud del reconocimiento de la discapacidad y de la correspondiente tarjeta de estacionamiento.
En este supuesto, la tarjeta tendrá carácter provisional (un año) y se concederá a las personas que presenten movilidad reducida, aunque esta no haya sido dictaminada de manera oficial, por causa de una enfermedad de extrema gravedad que suponga una reducción sustancial de su esperanza de vida y no permita tramitar en tiempo la solicitud del documento.
La obtención de la tarjeta provisional requerirá que la patología sea certificada por el personal médico de los servicios públicos de salud.
Establecimientos sanitarios
La norma contempla, además, que los servicios y establecimientos sanitarios deberán contar con un número suficiente de plazas para su uso por los pacientes con discapacidad titulares de tarjetas y las personas que dispongan de la tarjeta de estacionamiento provisional, que precisen de asistencia con regularidad.
En definitiva, este Real Decreto pretende solventar los problemas actuales en el ejercicio de los derechos derivados de las tarjetas de estacionamiento y constituirá un importante avance para la vida independiente de las personas con discapacidad con movilidad reducida.